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Una sociedad de zona franca de los EAU como centro regional

Una sociedad en una zona franca de los Emiratos Árabes Unidos comercia o presta servicios en toda la región para un grupo cuya sociedad holding chipriota es su propietaria, con su propia licencia, sus propias instalaciones, su inscripción en el impuesto sobre sociedades y sus declaraciones de titularidad real.

Organigrama de la propiedad

Una sociedad de zona franca de los EAU como centro regionalPropietario APersona físicaPropietario BPersona físicaDirector regionalPersona físicaSociedad holdingSociedad · CYSociedad de zona francaSociedad · AE
Una sociedad de zona franca de los EAU como centro regional
  • Propietario A posee el 60% — Sociedad holding
  • Propietario B posee el 40% — Sociedad holding
  • Sociedad holding posee el 90% — Sociedad de zona franca
  • Director regional posee el 10% — Sociedad de zona franca

Una sociedad en una zona franca de los Emiratos Árabes Unidos es una base habitual para la actividad regional de comercio, distribución o servicios de un grupo. Es una persona jurídica emiratí de responsabilidad limitada, puede ser íntegramente de propiedad extranjera y obtiene su licencia de la autoridad de su zona franca —por ejemplo, el DMCC para materias primas o la JAFZA para logística—, que también recibe sus declaraciones de titularidad real. Los EAU salieron de la lista del GAFI de jurisdicciones sometidas a mayor vigilancia en febrero de 2024 y de la lista de la UE de terceros países de alto riesgo en agosto de 2025.

La sociedad está sujeta al impuesto sobre sociedades de los EAU. Una persona de zona franca cualificada tributa al 0 % por la renta cualificada y al 9 % por el resto; cualquier otra sociedad tributa al 0 % por la renta imponible de hasta 375 000 AED y al 9 % por el exceso. Los EAU no aplican retención a los dividendos pagados al extranjero, y los dividendos que percibe la sociedad holding chipriota están, por lo general, exentos en Chipre.

Los EAU tienen su propio criterio de titularidad real: al menos el 25 % del capital o de los votos, o el control por otros medios, con el alto directivo inscrito como último recurso. La sociedad de zona franca lleva registros de sus titulares reales, de sus accionistas y de cualquier administrador nominal, y la sociedad holding chipriota declara conforme al criterio chipriota; calculados a lo largo de la cadena, ambos identifican a las mismas personas.

Quién es el titular real

El propietario A posee el 60 % de la sociedad holding y la controla; a través del 90 % de la sociedad holding, A tiene el 54 % de la sociedad de zona franca. El 40 % del propietario B en la sociedad holding le da un 36 %. Ambos superan el umbral del 25 % que se utiliza en los EAU y en Chipre, por lo que ambos son titulares reales tanto de la sociedad de zona franca como de la sociedad holding. El 10 % del director regional está por debajo del umbral, por lo que solo es titular real si ejerce el control por otros medios, como el derecho a nombrar al consejo, pero figura igualmente en el registro de accionistas de la sociedad.

Participación efectiva en Sociedad de zona franca
PersonaA través de accionesA través de una función
Propietario A54%
controla a un tenedor directo
—
Propietario B36%—
Director regional10%—
Estructuras

Qué presenta y conserva cada nivel

  1. 01

    Los propietarios

    Identidad y domicilio, residencia fiscal y origen del patrimonio de cada propietario y del director regional, y el pacto de socios que fija los derechos del director.

  2. 02

    La sociedad holding chipriota

    Registros de socios y de administradores, la declaración de titularidad real y su confirmación anual, cuentas auditadas conforme a las NIIF, la declaración anual HE32 y la declaración del impuesto, y actas del consejo que aprueban la inversión en los EAU y los dividendos recibidos de ella.

  3. 03

    La sociedad de zona franca

    La licencia y su renovación anual, el arrendamiento de las instalaciones en la zona, los registros de titulares reales, de accionistas y de administradores nominales presentados ante la autoridad de la zona franca, cuentas auditadas, la inscripción en el impuesto sobre sociedades y el expediente anual que acredita que cumple las condiciones de persona de zona franca cualificada (Qualifying Free Zone Person).

Puntos de atención

  • El tipo del 0 % solo se aplica a la renta cualificada de una persona de zona franca cualificada —la que cuenta con activos, personal y gastos adecuados en la zona, mantiene los ingresos no cualificados por debajo del menor de dos importes (el 5 % de los ingresos totales o 5 millones de AED), cumple las normas de precios de transferencia y tiene cuentas auditadas—; el resto de la renta imponible tributa al 9 %
  • Incumplir una condición en un ejercicio supone perder el estatuto en ese ejercicio y en los cuatro siguientes
  • Los titulares reales se declaran ante la autoridad de la zona franca en los 60 días siguientes a la concesión de la licencia, y las acciones en manos de personas nominales se comunican en un plazo de 15 días; los registros no son públicos y, en el DMCC, un registro desactualizado impide renovar la licencia
  • La normativa sobre sustancia económica ha dejado de aplicarse a los ejercicios posteriores a 2022; la sustancia se analiza ahora a través del impuesto sobre sociedades —residencia, sede de dirección efectiva, precios de transferencia y condiciones de cualificación—
  • Los EAU no figuran ni en la lista de la UE de países y territorios no cooperadores ni en la lista chipriota de jurisdicciones de baja tributación de 2026, las dos listas que activan las normas defensivas de Chipre sobre los pagos a sociedades vinculadas

Qué conserva el dossier

  • El organigrama del grupo, con los registros chipriotas y emiratíes conciliados con él
  • La licencia, el arrendamiento y los registros de personal que acreditan la presencia de la sociedad en la zona
  • El expediente anual de renta cualificada —el desglose de los ingresos, la documentación de precios de transferencia y las cuentas auditadas—
  • El calendario de renovaciones de la licencia, actualizaciones de titularidad real, impuesto sobre sociedades de los EAU y presentaciones en Chipre

Jurisdicciones de esta estructura

Información general, no asesoramiento. Los datos se indican a la fecha que figura en cada página. Las leyes, las listas y los tipos cambian; el profesional que actúa por cuenta de la entidad confirma lo que le es aplicable. Chrysos no realiza actividades reguladas ni presta asesoramiento jurídico ni fiscal.

Datos a 30 de octubre de 2026